Firma electrónica: evolución del consentimiento informado

En el ámbito sanitario se utiliza el consentimiento informado para multitud de pruebas diagnósticas y cirugías. A todos nos han hecho pruebas y operaciones en las que, antes de empezar, nos han hecho firmar un documento en el que nos informaban de los riesgos y dábamos nuestro consentimiento. En este post te contamos qué es el consentimiento informado, dónde se regula, cuándo se utiliza y qué ventajas aporta el uso de la firma electrónica.

¿Qué es el consentimiento informado?

El consentimiento informado es un proceso mediante el cual los profesionales de la medicina informan al paciente sobre el tratamiento que se le va a realizar, así como de los riesgos, beneficios o alternativas que existen, de manera que el paciente pueda prestar su consentimiento o no a la realización de la prueba o tratamiento de que se trate.

El consentimiento informado se materializa en la firma de un documento por parte del paciente en el que se plasma dicha autorización.

La regulación del consentimiento informado deriva de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica que en el artículo 8 establece que:

1. Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez que, recibida la información prevista en el artículo 4, haya valorado las opciones propias del caso.

2. El consentimiento será verbal por regla general. Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.

3. El consentimiento escrito del paciente será necesario para cada una de las actuaciones especificadas en el punto anterior de este artículo, dejando a salvo la posibilidad de incorporar anejos y otros datos de carácter general, y tendrá información suficiente sobre el procedimiento de aplicación y sobre sus riesgos.

4. Todo paciente o usuario tiene derecho a ser advertido sobre la posibilidad de utilizar los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen en un proyecto docente o de investigación, que en ningún caso podrá comportar riesgo adicional para su salud.

5. El paciente puede revocar libremente por escrito su consentimiento en cualquier momento.

Como consecuencia de lo anterior, la regulación del consentimiento informado requiere que se preste de forma voluntaria, que se proporcione información al usuario y que la entienda. Por otro lado, en determinados casos, se debe plasmar por escrito y se puede firmar utilizando la firma electrónica.

¿Qué ventajas aporta la firma electrónica al consentimiento informado?

Durante mucho tiempo este consentimiento se obtenía en un documento físico, pero esto representaba diversos problemas como la pérdida o deterioro del papel, la posibilidad de que el usuario negara la autenticidad de su firma, etc. Pero gracias a las ventajas que aporta la firma electrónica sobre el consentimiento informado, se obtienen beneficios como los siguientes:

  • Accesibilidad. Se puede acceder al documento de forma sencilla en cualquier momento y desde cualquier dispositivo.
  • Ahorro de recursos. La firma electrónica es más barata y respetuosa con el medioambiente porque no es necesario imprimir documentos ni desplazarse para firmar.
  • Validez legal. La firma electrónica tiene reconocida su validez legal a través del Reglamento Europeo 910/2014 denominado eIDAS que establece en el artículo 25.1 que no se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una firma electrónica por el mero hecho de ser una firma electrónica o porque no cumpla los requisitos de la firma electrónica cualificada.
  • Evidencia documental. Durante el proceso de firma electrónica del consentimiento informado se recaban datos de todo el proceso para reforzar su validez legal: datos del emisor y del receptor, datos de los correos electrónicos e IPs implicadas, sello de tiempo, fechas de todos los envíos, documento firmado y anexos, etc.
  • Garantía de integridad del documento. Con el proceso de firma electrónica se garantiza que el documento firmado no ha sido alterado o modificado después de su firma, por lo que no se puede manipular de modo fraudulento.
  • Trazabilidad. Mediante el proceso de firma electrónica del consentimiento informado se sabe en todo momento si se ha firmado o no el documento y cuándo.
  • Seguridad. La firma electrónica aporta seguridad legal tal y como hemos visto, y, además también seguridad en cuanto a que es mucho más difícil, por no decir imposible, que el documento se extravíe.
  • Ahorro de costes. La firma electrónica del consentimiento informado permite ahorrar costes en muchos sentidos: se ahorra gasolina porque no hay desplazamientos, se ahorra energía y tinta porque no se utiliza impresora y se ahorra espacio puesto que no hay papel físico.
  • Prueba. Como consecuencia de la validez legal de la firma electrónica y de la existencia de todas las evidencias electrónicas que hemos citado, este consentimiento, firmado con firma electrónica, se puede utilizar como prueba en un juicio.
  • Conservación. El consentimiento informado es una parte fundamental del historial clínico de un paciente por lo que este puede solicitar una copia del mismo y la ley que hemos citado anteriormente obliga a guardar la historia clínica durante un plazo mínimo de quince años desde el alta en cada proceso asistencial. Por lo tanto, el consentimiento informado también se deberá guardar durante ese tiempo y con la firma electrónica es más sencillo.

Tal y como has visto, el consentimiento informado es fundamental para muchas pruebas diagnósticas y puede contribuir mucho a agilizar y facilitar los trámites el uso de la firma electrónica.

Si aun tienes dudas sobre la utilidad de esta modalidad de firma, no dudes en darte de alta y probar la firma electrónica gratuitamente.

2 comentarios en «Firma electrónica: evolución del consentimiento informado»

  1. Hola. Tengo unas dudas. ¿La firma electrónica la realizaría el médico? y ¿el paciente firmaría digitalmente con una tablet, por ejemplo? ¿cómo damos copia del consentimiento al paciente, sin imprimirlo? ¿se le puede enviar por email?

    Gracias

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    • Hola Miguel,
      la firma electrónica la realizaría el paciente. El hospital le enviaría por correo electrónico un mensaje que contendría un enlace a una página web, y de modo opcional, el consentimiento en formato PDF; el paciente, pinchando en el enlace, accedería a la página desde dónde firmaría el consentimiento. Aquí puedes ver un vídeo explicativo sobre una de las múltiples opciones de firma que permite Click & Sign: https://www.youtube.com/watch?v=sNDLjH6TQBk

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